Es perfectamente compatible tener un trabajo por cuenta ajena y a la vez realizar una actividad por cuenta propia como autónomo, a no ser que tu contrato de trabajo te lo prohíba explícitamente. Esto se conoce como pluriactividad.
Cuando se da esta situación te puedes beneficiar de una reducción en tu cuota de autónomo, se trata de la bonificación por pluriactividad, que varía en función de si tu trabajo por cuenta ajena es a jornada completa o parcial:
Jornada completa: Podrás acceder a una bonificación de hasta el 50% sobre la base mínima de cotización durante los primeros 18 meses. Y de una bonificación del 25% a partir de los 18 meses hasta los 36 meses.
Jornada parcial: Tendrás una bonificación de hasta el 25% los primeros 18 meses, y del 15% hasta los 36 meses.
Existe otra bonificación para los autónomos que se den de alta por primera vez, se reducirá la cuota hasta una tarifa plana de 80€ al mes durante el primer año, y también durante el segundo año en el caso de que el rendimiento no sea superior al Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Esta bonificación no es compatible con la primera, por lo que deberás elegir entre una u otra.