La diferencia principal entre estos dos tipos de autónomo es el tipo de actividad que ejerza cada uno, es decir, depende del epígrafe IAE con el que estén dados de alta.
Existen tres secciones de epígrafes IAE, la primera destinada a las actividades empresariales, y la segunda y tercera a actividades profesionales. Por ejemplo, un abogado, según el listado de epígrafes, ejerce una actividad profesional, y en cambio un carnicero hace una actividad empresarial.
A modo de resumen, una actividad profesional se da en los casos en que no se precise una estructura empresarial, cuando se presta un servicio con los recursos de uno mismo sin necesidad de un centro de trabajo, trabajadores, etc.
Otra diferencia es que los autónomos con actividad profesional tienen la obligación de hacer las facturas con IRPF cuando facturas a otro empresario o profesional, y en la mayoría de los casos no están obligados a presentar el modelo 130.