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Campaña de la DECLARACIÓN
DE LA RENTA 2024

Desde el 2 de abril al 30 de junio de 2025

DESDE 55 € + IVA

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Campaña Declaración de la Renta 2023

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Ponte en contacto con nosotros por tu medio preferido: teléfono, WhatsApp, nuestro formulario de contacto o desde el apartado de contratar servicios. Nos pondremos en contacto contigo enseguida y te ofreceremos un presupuesto a medida de forma gratuita.

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Cuando aceptes el presupuesto te indicaremos los siguientes pasos a seguir.

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Una vez contratado el servicio, te enviaremos un formulario para recopilar todos los datos necesarios para elaborar tu Declaración de la Renta 2024.

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Relájate y no te preocupes por nada

A partir de aquí, un asesor experto hará un análisis de tu situación personal, laboral y financiera y se encargará de preparar tu Declaración de la Renta 2024. Si es necesario, te solicitaremos información adicional. Y finalmente nos pondremos en contacto contigo para decirte el resultado antes de presentarla, por si quieres comentar alguna duda.

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Presentación de la Renta 2024

Cuando tengamos tu visto bueno, presentaremos la Declaración.

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PRECIO

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La Declaración de la Renta es un impuesto que varía mucho en función de las condiciones particulares de cada persona.
Ponte en contacto con nosotros y te elaboramos un presupuesto personalizado de forma totalmente gratis.

Información de interés RENTA
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¿Cuándo empieza y acaba la campaña de declaración de la renta 2024? Ver

La campaña de la renta 2024 empieza el 2 de abril de 2025 y termina el 30 de junio de 2025, que es el último día para presentarla. Sin embargo, si quieres domiciliar el pago de la renta el último día el 25 de junio de 2025.

¿Tengo obligación de presentar la renta? Ver

Están obligados a presentar la Declaración de la Renta todas las personas físicas con ingresos del trabajo superiores a 22.000 € anuales cuando tengan un solo pagador; o superiores a los 15.876 € si tienen dos o más pagadores y las percepciones del segundo y siguientes pagadores superan los 1.500 €.

En un principio, se quería obligar a presentar la renta a todas las personas que habían recibido prestaciones por desempleo durante 2024, arriesgándose sino a perder la prestación, pero finalmente han rectificado y dejarán esta medida para la renta de 2025 que se presentará en 2026.

Además, desde el año pasado todos los autónomos deben presentarla, sin importar sus rendimientos.

Igualmente, hay muchos otros supuestos y excepciones, por lo que lo más recomendable es contactar con una gestoría como Gestority para evaluar el caso individualmente.

¿Qué novedades y cambios trae la renta 2024? Ver

Reducción por alquiler de vivienda

A partir de esta Declaración de la Renta aparecen diferentes reducciones por alquiler de vivienda (antes del 60% en todos los casos), dependiendo de la fecha del contrato y de situaciones concretas.

Contratos firmados antes del 26/05/2023: La reducción sigue siendo del 60%.

Contratos firmados a partir de 26/05/2023 (aplicable 01/01/2024): Reducciones de un 90%, 70%, 60% o 50%. Concretamente:

– 90%: Si alquilas una vivienda en una zona tensionada y has disminuido el precio en más de un 5%.
– 70%: Si alquilas por primera vez una vivienda en una zona tensionada a arrendatarios de entre 18 y 35 años, o en el caso de viviendas cedidas a la Administración como un alquiler social.
– 60%: Si has rehabilitado la vivienda en los dos años anteriores a la firma del contrato.
– 50%: El resto de los casos que no se contemplen en los otros supuestos.

Reducción rendimientos del trabajo

Existe una reducción para los trabajadores con rentas inferiores a 19.747,50 euros, en la pasada renta la reducción máxima era de 6.498 euros, y este año pasa a ser de 7.302 euros.

Exención a los afectados por la DANA

Las personas afectadas por la DANA no deberán tributar por las ayudas que han recibido:
– Indemnización del Consorcio de Compensación de Seguros.
– Ayudas por desalojo de vivienda habitual.
– Compensaciones por daños personales y materiales.
– Otras ayudas.

Deducciones Estatales

Las deducciones estatales que siguen vigentes para esta declaración son:
– Deducción por obras de eficiencia energética.
– Deducción por la compra de vehículos eléctricos.
– Deducción por la instalación de infraestructuras de recarga.
– Deducción por donaciones a ONGs.
La deducción a ONGs se amplía al 80% para los primeros 250 euros y pasa del 35% al 40% (o al 45% si se ha donado en los dos últimos años) para los importes superiores a los 250 euros.

Pago de la declaración por Bizum

A partir de este año, la Declaración de la Renta se podrá pagar a través de Bizum, que se suma a los demás métodos de pago ya existentes (domiciliación, cargo en cuenta y NRC).

Deducciones autonómicas

Es importante revisar cada año las deducciones que ofrecen las diferentes Comunidades Autónomas para comprobar si tienes derecho a alguna de ellas o si se ha producido algún cambio o novedad que pueda afectarte.

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