Campaña de la DECLARACIÓN
DE LA RENTA 2024
Desde el 2 de abril al 30 de junio de 2025
Desde el 2 de abril al 30 de junio de 2025
Desde el 2 de abril al 30 de junio de 2025
Desde la comodidad de tu oficina, o
desde tu casa. O desde donde tú quieras.
Ahórrate desplazamientos innecesarios.
Te asignamos un asesor experto que te guiará en todo el proceso, para que no tengas ningún sobresalto.
Te enviamos un formulario para recopilar toda la información necesaria.
Tener un asesor personal experto.
Respuesta rápida a tus consultas.
Posibilidad de asesoramiento por teléfono o por videollamada.
Garantía en relación a protección de datos.
La mayor tranquilidad de saber que tu gestión está en
buenas manos.
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Criptomonedas, acciones e inversiones.
Compra venta de inmuebles y propiedades.
Alquiler de propiedades.
Ingresos de múltiples fuentes.
Deducciones por compra de vehículo eléctrico.
Y un largo etcétera…
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Ponte en contacto
Ponte en contacto con nosotros por tu medio preferido: teléfono, WhatsApp, nuestro formulario de contacto o desde el apartado de contratar servicios. Nos pondremos en contacto contigo enseguida y te ofreceremos un presupuesto a medida de forma gratuita.
Contrata el servicio
Cuando aceptes el presupuesto te indicaremos los siguientes pasos a seguir.
Contesta el formulario
Una vez contratado el servicio, te enviaremos un formulario para recopilar todos los datos necesarios para elaborar tu Declaración de la Renta 2024.
Relájate y no te preocupes por nada
A partir de aquí, un asesor experto hará un análisis de tu situación personal, laboral y financiera y se encargará de preparar tu Declaración de la Renta 2024. Si es necesario, te solicitaremos información adicional. Y finalmente nos pondremos en contacto contigo para decirte el resultado antes de presentarla, por si quieres comentar alguna duda.
Presentación de la Renta 2024
Cuando tengamos tu visto bueno, presentaremos la Declaración.
Individual desde 55 € + IVA – Conjunta desde 90 € + IVA
La Declaración de la Renta es un impuesto que varía mucho en función de las condiciones particulares de cada persona.
Ponte en contacto con nosotros y te elaboramos un presupuesto personalizado de forma totalmente gratis.
¿Cuándo empieza y acaba la campaña de declaración de la renta 2024? Ver
La campaña de la renta 2024 empieza el 2 de abril de 2025 y termina el 30 de junio de 2025, que es el último día para presentarla. Sin embargo, si quieres domiciliar el pago de la renta el último día el 25 de junio de 2025.
¿Tengo obligación de presentar la renta? Ver
Están obligados a presentar la Declaración de la Renta todas las personas físicas con ingresos del trabajo superiores a 22.000 € anuales cuando tengan un solo pagador; o superiores a los 15.876 € si tienen dos o más pagadores y las percepciones del segundo y siguientes pagadores superan los 1.500 €.
En un principio, se quería obligar a presentar la renta a todas las personas que habían recibido prestaciones por desempleo durante 2024, arriesgándose sino a perder la prestación, pero finalmente han rectificado y dejarán esta medida para la renta de 2025 que se presentará en 2026.
Además, desde el año pasado todos los autónomos deben presentarla, sin importar sus rendimientos.
Igualmente, hay muchos otros supuestos y excepciones, por lo que lo más recomendable es contactar con una gestoría como Gestority para evaluar el caso individualmente.
¿Qué novedades y cambios trae la renta 2024? Ver
Reducción por alquiler de vivienda
A partir de esta Declaración de la Renta aparecen diferentes reducciones por alquiler de vivienda (antes del 60% en todos los casos), dependiendo de la fecha del contrato y de situaciones concretas.
Contratos firmados antes del 26/05/2023: La reducción sigue siendo del 60%.
Contratos firmados a partir de 26/05/2023 (aplicable 01/01/2024): Reducciones de un 90%, 70%, 60% o 50%. Concretamente:
– 90%: Si alquilas una vivienda en una zona tensionada y has disminuido el precio en más de un 5%.
– 70%: Si alquilas por primera vez una vivienda en una zona tensionada a arrendatarios de entre 18 y 35 años, o en el caso de viviendas cedidas a la Administración como un alquiler social.
– 60%: Si has rehabilitado la vivienda en los dos años anteriores a la firma del contrato.
– 50%: El resto de los casos que no se contemplen en los otros supuestos.
Reducción rendimientos del trabajo
Existe una reducción para los trabajadores con rentas inferiores a 19.747,50 euros, en la pasada renta la reducción máxima era de 6.498 euros, y este año pasa a ser de 7.302 euros.
Exención a los afectados por la DANA
Las personas afectadas por la DANA no deberán tributar por las ayudas que han recibido:
– Indemnización del Consorcio de Compensación de Seguros.
– Ayudas por desalojo de vivienda habitual.
– Compensaciones por daños personales y materiales.
– Otras ayudas.
Deducciones Estatales
Las deducciones estatales que siguen vigentes para esta declaración son:
– Deducción por obras de eficiencia energética.
– Deducción por la compra de vehículos eléctricos.
– Deducción por la instalación de infraestructuras de recarga.
– Deducción por donaciones a ONGs.
La deducción a ONGs se amplía al 80% para los primeros 250 euros y pasa del 35% al 40% (o al 45% si se ha donado en los dos últimos años) para los importes superiores a los 250 euros.
Pago de la declaración por Bizum
A partir de este año, la Declaración de la Renta se podrá pagar a través de Bizum, que se suma a los demás métodos de pago ya existentes (domiciliación, cargo en cuenta y NRC).
Deducciones autonómicas
Es importante revisar cada año las deducciones que ofrecen las diferentes Comunidades Autónomas para comprobar si tienes derecho a alguna de ellas o si se ha producido algún cambio o novedad que pueda afectarte.